Hansell Fuentes
¿Qué significa ser amigo de la Corte? No, no significa tener algún familiar o contacto ‘picudo’ en el Poder Judicial o en algún Organismo jurisdiccional.
El Amicus Curiae es una figura procesal que no es tan conocida en el plano jurídico, (posiblemente seas abogado y no hayas escuchado hablar de esta figura hasta ahorita), pero que responde a una demanda social-histórica de participación e inclusión.
Esta figura constituye una institución jurídica utilizada, principalmente, en el ámbito del Derecho Internacional, mediante la cual se abre la posibilidad a terceros, que no tienen legitimación procesal en un litigio, de promover voluntariamente una opinión técnica del caso o de aportar elementos jurídicamente trascendentes al juzgador para el momento de dictar una resolución involucrada con aspectos de trascendencia social.
En México su uso es muy eventual y no existe una norma jurídica adjetiva que lo regule.
Sin embargo, en materia electoral, por ejemplo, la figura es más comúnmente empleada por diversos actores, quienes por la naturaleza de los casos expuestos, se manifiestan como un tercero ajeno pero con un interés sobre orientar y apoyar al juzgador en la ponderación de derechos y por ende en la resolución del conflicto.
Este apoyo del tercero ajeno a la litis, se plantea de manera formal exponiendo y fundamentando con diversos criterios o estudios científicos y jurídicos tanto nacionales como internacionales, para, como mencionamos con anterioridad, robustecer una postura frente a la controversia sujeta a juicio.
Algo cierto es que el Amicus Curiae es una herramienta muy poco valorada en nuestro sistema jurídico, siendo que representa la participación activa de la ciudadanía sobre diversos temas de interés público jurisdiccionales, y que le da un giro político-social a los menesteres jurisdiccionales, eso sí, sin afectar la independencia y objetividad que implica un proceso judicial.
Nuestra Suprema Corte ha recibido varios casos en los que grupos de la sociedad civil organizada y/o académicos han aportado argumentos a las y los Ministros.
Unos ejemplos podrían ser el aborto en el Distrito Federal (Acción de inconstitucionalidad 146/2007), el matrimonio entre personas del mismo sexo, el caso Florence Cassez (Amparo directo en revisión 517/2011.) entre otros.
Personalmente, considero que existen dos elementos principales por los cuales le figura de “los amigos de la corte” no ha alcanzado la relevancia que merece; el primer elemento es la carga excesiva de trabajo que recibe nuestra corte y nuestros Tribunales jurisdiccionales ; el segundo elemento obedece a una sociedad civil mal organizada e informada.
Seguramente las nuevas generaciones de abogados veremos como esta figura procesal va ganando terreno conforme el paso de los años.
Ojalá para entonces muchos de los vicios de nuestro actual sistema jurisdiccional hayan sido eliminados, y nuestra sociedad haya creado una cultura de participación.
Me despido como siempre deseándoles lo mejor e invitándolos a no bajar la guardia frente a esta contingencia sanitaria.