Este cambio es trascendental porque traslada la carga de la sensibilidad al Ministerio Público y a órganos jurisdiccionales
YUSETT YÁÑEZ/PORTAVOZ
FOTO: ALEJANDRO LÓPEZ
En un paso decisivo para saldar una deuda histórica con la justicia y la seguridad de las mujeres en la entidad, el pleno del Congreso del Estado de Chiapas aprobó este miércoles 29 de abril una serie de reformas fundamentales.
Bajo un enfoque de género, evitando que las víctimas de violencia terminen enfrentando procesos penales por defender su vida o su integridad.
La sesión, presidida por la diputada Alejandra Gómez Mendoza, marcó un hito en la legislación estatal al obtener una mayoría abrumadora de 37 votos a favor. Con esta reforma, Chiapas se suma a la vanguardia jurídica que reconoce que las mujeres agredidas no siempre responden en igualdad de condiciones técnicas que sus agresores, debido a factores psicológicos y sociales de vulnerabilidad.
El corazón de la reforma reside en las modificaciones al artículo 25 y 27 del Código Penal. A partir de ahora, se presumirá legítima defensa, salvo prueba en contrario, cuando una mujer que es víctima de violencia física, sexual o tentativa de feminicidio de forma sistemática, cíclica y permanente, repela una agresión real o inminente.
Este cambio es trascendental porque traslada la carga de la sensibilidad al Ministerio Público y a los órganos jurisdiccionales. Estos estarán obligados por ley a actuar con perspectiva de género al evaluar los hechos, reconociendo que la respuesta de una mujer ante un agresor suele ocurrir en contextos de terror que nublan la capacidad de medir la “racionalidad” del medio empleado.
Uno de los puntos más debatidos y finalmente celebrados es el criterio sobre el exceso en la legítima defensa. La nueva ley establece que no se considerará que hubo un exceso cuando la persona agredida actúe bajo estados de miedo o terror que afecten su capacidad para determinar el límite adecuado de su respuesta.
A través de valoraciones psicológicas, la justicia deberá entender que, ante una amenaza de muerte o violación, la respuesta defensiva resulta explicable y razonable, incluso si el daño causado al agresor parece superior al ataque inicial, siempre que el fin último haya sido hacer cesar la conducta violenta.
“El Estado ha fallado y muchas mujeres viven en constante violencia”, reconoció la diputada panista Jovannie Maricela Ibarra Gallardo al fijar su postura, subrayando que, aunque el tema es delicado, es una respuesta necesaria ante la realidad de desprotección que enfrentan miles de chiapanecas.
La reforma también extiende la protección legal a quienes intervengan para salvar a una mujer. Se considerará legítima defensa cuando una persona actúe para proteger a una mujer en situación de violencia de género y cause un daño al agresor con el propósito de detener la agresión.
En la sesión estuvo presente el fiscal general del Estado, Jorge Luis Llaven Abarca cuya institución tendrá la responsabilidad de aplicar estos nuevos criterios en las carpetas de investigación. El dictamen fue producto de un trabajo conjunto de diversas fuerzas políticas, incluyendo a diputados de Morena, PT, PRI, PAN y Redes Sociales Progresistas, lo que refleja un consenso inusual en materia de derechos humanos.











































