Autoridades tradicionales informaron que la decisión fue tomada bajo el sistema de normas comunitarias
YUSETT YÁÑEZ/PORTAVOZ
FOTO: ALEJANDRO LÓPEZ
La aplicación de los sistemas normativos internos, conocidos legalmente como usos y costumbres, continúa operando de manera rigurosa en los municipios y comunidades indígenas de la región de Los Altos de Chiapas. Este mecanismo, utilizado históricamente para resolver conflictos religiosos, políticos, agrarios y de vivienda, ha vuelto a generar controversia tras un reciente fallo comunitario en el municipio de San Pedro Chenalhó, donde las autoridades tradicionales determinaron la expulsión de un ciudadano de su propio domicilio.
El afectado, identificado como César Oliverio Gómez Hernández, fue sancionado drásticamente tras haber denunciado públicamente presuntos actos de corrupción dentro de la actual administración gubernamental del municipio. La resolución ha encendido las alarmas entre defensores de derechos humanos, quienes advierten sobre la delgada línea entre la autonomía indígena y las garantías individuales constitucionales.
De acuerdo con los reportes obtenidos por las autoridades comunales nombradas formalmente bajo el régimen de usos y costumbres, la drástica medida no fue unilateral, sino el resultado de un consenso unánime emanado de una asamblea comunitaria. En dicho foro, se determinó no solo el despojo y la expulsión de Gómez Hernández de su vivienda, sino también la revocación total de sus derechos civiles y comunitarios como miembro activo de la cabecera municipal de San Pedro Chenalhó.
“Se le desconoce formalmente como miembro de la cabecera municipal, el ciudadano debe abandonar su propiedad a la brevedad debido a que el acuerdo asambleario ya ha sido tomado, firmado y validado por los representantes del pueblo”, señalaron de manera tajante las autoridades comunitarias al dar a conocer el acta de la reunión.
El argumento principal esgrimido por el cuerpo de autoridades tradicionales apunta a la “conducta impropia” que el sancionado presuntamente presentó ante las instituciones comunales. Asimismo, se le acusó de desestabilizar la paz social de la región mediante señalamientos directos en torno a una supuesta mala gestión administrativa y desvío de recursos económicos dentro del gobierno municipal vigente.
La determinación adoptada en la cabecera municipal contó con el respaldo y la firma de una amplia red de representantes de los diferentes sectores organizativos de San Pedro Chenalhó. Entre los firmantes y participantes activos de la asamblea se encuentran:
-Agentes municipales de los distintos barrios de la demarcación.
-Integrantes del Patronato de Obras Públicas.
-Representantes del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS-PIAM).
-Comités de educación de diversas comunidades rurales.
-Habitantes y comuneros de distintos puntos estratégicos del municipio.
Este caso vuelve a poner sobre la mesa el complejo debate jurídico y social que se vive en Chiapas respecto a los límites de la jurisdicción indígena frente a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Mientras las comunidades defienden su libre determinación y autogobierno para sancionar lo que consideran difamación o faltas de respeto a la colectividad, los marcos legales internacionales señalan que los usos y costumbres jamás deben vulnerar los derechos humanos fundamentales, como el derecho a la vivienda digna y la libre expresión.











































