Napoleón Gómez, explicó que esta prestación “no ha sufrido cambios desde 1970 a pesar que
hoy en día los trabajadores mexicanos laboran más horas”
PORTAVOZ/AGENCIAS
Por unanimidad, la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Senado de la República avaló la
reforma que busca incrementar al doble el pago del aguinaldo.
El presidente de dicha comisión, el senador Napoleón Gómez Urrutia, explicó que “el aguinaldo
que actualmente establece la Ley Federal del Trabajo no ha experimentado cambios desde la
publicación de este ordenamiento en 1970, es decir hace 54 años, a pesar de que hoy en día los
trabajadores mexicanos laboran más horas en comparación con los de otros países”.
“Es esencial garantizar que la cantidad de dinero otorgada como aguinaldo sea justa y suficiente
para cubrir las necesidades básicas de los trabajadores y sus familias, asegurando así su dignidad y
su capacidad para disfrutar plenamente de los frutos de su arduo trabajo a lo largo del año”,
agregó.
La iniciativa aún debe pasar por la Comisión de Estudios Legislativos Segunda, posteriormente al
pleno del Senado y después a la Cámara de Diputados para su aprobación.
¿QUÉ DICE LA INICIATIVA?
El partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) presentó en la Cámara de Senadores
una iniciativa de reforma para lograr un aumento en el pago del aguinaldo.
El senador Gómez Urrutia presentó el proyecto de decreto por el que se reforma el primer párrafo
del artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo.
Dicha reforma plantea duplicar el pago de aguinaldo pasando de 15 días a 30 días. “Esto
favorecería al sector productivo y en consecuencia el fortalecimiento de la economía familiar”, se
asegura el proyecto.
¿QUÉ ES EL AGUINALDO?
El aguinaldo surgió en la Ley Federal del Trabajo en 1970; ya que antes, algunos patrones daban
determinada cantidad de dinero a sus empleados por ser época navideña, pero no era obligatorio,
sin embargo, en la reforma de ese año se estableció el pago de esta prestación.
En México, bajo ningún pretexto y sin consideración a la condición de las o los trabajadores, todos,
quienes tengan una relación laboral de tipo subordinada a un patrón, tienen derecho a recibir un
aguinaldo.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, tienen derecho a recibir
aguinaldo todos los trabajadores, ya sean de base, de confianza, planta, sindicalizados,
contratados por obra o tiempo determinado, eventuales, entre otros.
Esta prestación laboral anual también aplica para los comisionistas, agentes de comercio, de
seguros, vendedores y otros semejantes, que se rijan por la ley.