Marcos Inocencio Martínez Alcázar
No podríamos hablar de democracia sin la participación política indígena, pues se funda en la igualdad de derechos para intervenir y participar en la resolución de asuntos que afectan a la comunidad; en ese sentido, conforme al artículo 2º, de la Constitución Federal, cobra vigencia el proceso de reconocimiento y protección del derecho a la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas, en sus diversas expresiones, vertientes o dimensiones, entre ellas la política, para que instituyan su autogobierno; esto es, sus propias instituciones a través de su derecho a elegir, cambiar y legitimar a sus autoridades, representantes o decisiones, conforme a sus normas consuetudinarias, procedimientos y prácticas tradicionales.
En el país se cuenta con experiencias significativas en el avance de los derechos de pueblos y comunidades indígenas en materia político-electoral; en el caso específico de Chiapas, destaca el proceso de consulta y elección de autoridades por usos y costumbres en el municipio de Oxchuc, que inició el 11 de noviembre de 2016, cuando la “Comisión Permanente por la Paz y Justicia de Oxchuc”, solicitó celebrar sus elecciones municipales a través del sistema de usos y costumbres.
Para ello, entre el 5 y 20 de noviembre de 2018 se celebraron Asambleas Comunitarias Informativas en las 120 localidades del municipio, relativas a la forma de consensuar el sistema de elección de autoridades municipales, por sistema de partidos o por usos y costumbres, en las cuales 73 localidades lo harían a mano alzada y 47 por urna. Por su parte, la consulta se realizó en el periodo del 27 de noviembre al 31 de diciembre de 2018.
La Asamblea Plenaria de Resultados se llevó a cabo el 5 de enero de 2019, en el Auditorio Municipal de Oxchuc, asistieron 189 representantes, 67 mujeres y 122 hombres, de 100 localidades; en la cual, el sistema de elección con el porcentaje más alto fue el Sistema Normativo Interno [usos y costumbres]; en consecuencia, el 11 de febrero se aprobó la convocatoria para la elección de sus autoridades. El proceso de consulta atendió al principio fundamental de buena fe, pues no se agotó en un trámite formal, sino que se trató de un instrumento de participación de las comunidades que expresaron su voluntad y la consensuaron.
Posteriormente, el 29 de marzo de 2019, se validaron las normas que regirían la elección, esta se efectuó el 13 de abril, en la Explanada del Parque Central de la cabecera municipal de Oxchuc, asistieron 115 comunidades y 24 barrios. La autoridad electoral calificó y declaró su validez, y expidió la constancia de mayoría y validez a la ciudadanía electa por el período de tres años, su ejercicio iniciaría con la toma de protesta de los nuevos integrantes del ayuntamiento [al día siguiente de calificar como válida la elección] y concluiría el 31 de diciembre de 2021.
Por otra parte, para la siguiente elección, en Asamblea General Comunitaria de 6 de marzo de 2021, con representaciones de 126 localidades y 25 barrios, se integró el Órgano Electoral Comunitario, que coordinaría los trabajos comunitarios, y revisaría y elaboraría los estatutos de las elecciones.
El 12, 18 y 21 de noviembre de 2021, se hicieron reuniones de mesa interinstitucional, que concluyeron con la firma del documento “Pacto de civilidad, en contexto del Proceso Electoral en el Municipio de Oxchuc, Chiapas, por Sistema Normativo”; el mes siguiente, el 2 y 3 de diciembre, se celebraron Asambleas Generales del Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc, en las que se aprobaron los Lineamientos para la elección; el cargo se ejercería del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
La Asamblea General Única de Elección tuvo lugar el 15 de diciembre de 2021, en la Explanada del Parque Central del Municipio de Oxchuc, no concluyó por actos violentos suscitados durante su desarrollo, el presidente del Órgano Electoral declaró un receso en el que se definiría nueva fecha para su reanudación, ya que los resultados fueron parciales, faltaba elegir las candidaturas a sindicatura municipal y seisregidurías propietarias y suplentes; a la postre se declaró inconcluso e incompleto, toda vez que hasta ese momento no existía acta que reflejara declaratoria sobre la elección de todos los miembros del ayuntamiento .
Ahora bien, respecto de las recientes elecciones, el 29 de julio de 2023 se integró la Asamblea General Comunitaria mediante Asamblea realizada en las Instalaciones del DIF, en la que asistieron representaciones comunitarias bajo el principio de paridad de género, dos propietarias y dossuplencias por comunidad.
Posteriormente, en las instalaciones del Palacio de Gobierno de la Secretaría General de Gobierno, en Tuxtla Gutiérrez, el 14 de diciembre de 2024, sesionó el cabildo del ayuntamiento de Oxchuc, que aprobó por unanimidad de votos la reposición del Proceso Electoral Municipal y la emisión de la Convocatoria para nombrar a los integrantes del Órgano Electoral Comunitario.
En las instalaciones del Auditorio Municipal de la cabecera del municipio, el 21 de diciembre de 2024, se entregaron nombramientos de las comunidades y barrios, se declaró formalmente integrada la Asamblea General Comunitaria, y se integró el Consejo Electoral Municipal de Oxchuc y la Comisión de Quejas y Denuncias.
La Primera Asamblea General Comunitaria e Informativa se concretó el 8 de enero de 2025, en la cual se abordó la elección de las representaciones propietarias y suplencias, respetar la paridad de género, con sus respectivos principales; y respetar las 142 comunidades y sus fracciones, y los 25 barrios reconocidos de la cabecera municipal, para que participaran en las asambleas generales.
En la Segunda Asamblea General Comunitaria del Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc, de 11 de enero, se presentaron sus integrantes, y se revisaron y validaron los Lineamientos base de la elección; en tanto, también en Asamblea se aprobó el Documento Técnico Operativo y la Convocatoria del proceso electivo para el período 2025-2028. El 28 siguiente, se aprobó el Programa de Trabajo para coadyuvar en la preparación, desarrollo y vigilancia del proceso electivo.
En la Sexta Asamblea General Comunitaria, de 3 de febrero, se trataron, revisaron, validaron y aprobaron los requisitos de elegibilidad que debían cumplir las candidaturas; así mismo, se postularon y aprobaron aquellas que las cumplieron.
La elección de la Presidencia municipal se llevó a cabo el domingo 23 de febrero, a través del voto popular emitido mediante boletas en urnas, en tanto que la elección de sindicaturas (propietaria y suplencia) y regidurías (propietarias y suplencias) se celebrará el 26 de febrero, mediante el método de mano alzada en la Asamblea General Única de Elección. El proceso electivo estará a cargo de los integrantes del Órgano Electoral Comunitario de Oxchuc.
El cómputo municipal de la elección de la Presidencia municipal, se estableció que se efectuaría en las oficinas centrales del Instituto de Elecciones, con la vigilancia del Órgano Electoral Comunitario y representaciones propietarias y suplencias de las postulaciones, y al terminar se daría a conocer los resultados de la elección y se declararía la persona ganadora, entregándose la constancia de mayoría y validez de la elección, para el periodo del 28 de febrero de 2025 al 28 de febrero de 2028.
Se trata de un proceso electoral apegado al derecho humano a la libre determinación reconocido a los pueblos y comunidades indígenas, en el que Oxchuc como municipio indígena elige a sus autoridades municipales por sus propios métodos de construcción de legitimidad política; siendo garantía la justicia electoral de tutelar su identidad social y cultural, tradiciones, costumbres, e instituciones, siempre que las normas y actos que se asuman respeten los derechos humanos y los principios del bloque de constitucionalidad.