Especialistas y trabajadoras mencionaron que estas restricciones afectan derechos
CARLOS RUIZ/PORTAVOZ
La Comisión Estatal de los Derechos Humanos en Chiapas (CEDH) atraviesa una crisis institucional interna, mientras su mandato es proteger libertades, se impone reglas que limitan la expresión personal de sus trabajadoras. La prohibición del uso de maquillaje y esmalte, justificada como una medida para cuidar la imagen institucional, puso a este organismo una vez más en el centro del ojo público, donde el control del cuerpo femenino desde una oficina pública causa ruido y descontento.
La circular que se hizo llegar a las colaboradoras, no solo regula la apariencia, también redefine de forma implícita qué es “correcto” y qué no dentro de un organismo que debería operar bajo el principio de igualdad. En un contexto donde las instituciones de derechos humanos están llamadas a ser ejemplo, este tipo de disposiciones envía un mensaje sobre que la imagen pesa más que la dignidad laboral.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Discriminación elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) en 2023, el 27 por ciento de las mujeres en México ha sufrido algún tipo de discriminación laboral; además, el 20 por ciento ha recibido observaciones sobre su apariencia física en el trabajo. En la comarca, el mismo instrumento identificó que cuatro de cada 10 mujeres consideran que sus derechos no son respetados en su centro laboral.
La problemática se agrava al observarse que, según datos de la Secretaría del Trabajo, más del 43 por ciento de las mujeres ocupadas en Chiapas se encuentran en condiciones de informalidad o vulnerabilidad laboral, lo que las coloca en una posición de menor capacidad para denunciar abusos. A esto se suma que el 75 por ciento de los cargos directivos en organismos públicos del estado siguen ocupados por hombres, según cifras del Inegi.
La decisión tomada desde la Presidencia de la CEDH pone en entredicho la coherencia institucional y abrió una discusión urgente sobre cómo se entienden los derechos dentro de los propios organismos garantes. Cuando una regla interna va en sentido contrario a los principios que la propia institución debe garantizar, se exhibe un problema en la forma en que se ejercen y respetan los derechos al interior del organismo.











































