Dr. Gilberto de los Santos Cruz
De acuerdo con el principio de libertad sindical, corresponde a los trabajadores determinar cuáles son los fines que pretenden alcanzar a través de la proclamación y, en su momento, del estallamiento de la huelga. De esta manera, con el sentido oportuno de los intereses profesionales que persiguen los huelguistas, estos son quienes deciden como diseñar sus estrategias reivindicatorias y en qué forma hacer valer sus pretensiones jurídicas frente a quienes consideren violenten sus derechos. Desde sus orígenes y como un elemento inherente al derecho constitucional de huelga, debe considerarse el aspecto de sus fines que pueden ser tan diversos y complejos, como peculiares conforme a la situación y propósitos que persigan los trabajadores. Lo contrario, o siquiera la intensión de limitar dichos fines fuera de la voluntad e interés que persigan los huelguistas, equivale a transgredir el alcance y real sentido de la autonomía colectiva de los trabajadores. Y no es válido invocar que la razón y el Estado de Derecho son la justificación y límite necesario de todas las pretensiones, porque en verdad se desprende que haya valores y principios que son un coto obligado al proceder ordenado al hombre, de acuerdo con la justicia y el bienestar general. Pero al igual que el respeto al interés ajeno, todo hombre tiene derecho y en la especie, los trabajadores, de que se respete su integridad, su existencia y su dignidad personal y familiar, con motivo y ocasión de su trabajo. Por lo mismo, el trabajador cuenta con la potestad de decidir con sus compañeros, la forma e intensidad de sus movilizaciones de lucha y resistencia sindical para enfrentar el abuso del patrón o inclusive del Estado, cuando desconozcan o violenten sus intereses profesionales. De esta manera, es manifiesto que los fines de la huelga dependen de los peculiares y cambiantes que resulten las causas que precipiten los conflictos colectivos que incidan en una huelga profesional, económica o atípica. Sin embargo, es factible sostener que, a través de un esfuerzo de síntesis, esos fines diversificados pueden reducirse a dos vertientes: a) La defensa de los intereses profesionales de los trabajadores, y b) La promoción permanente y progresiva de sus reivindicaciones. Algunas corrientes de avanzada estima que en rigor es factible subdividir los fines torales de la huelga en dos sentidos: Inmediato o de carácter económico, que regularmente se traduce en lucha de salarios suficientes y condiciones remuneradoras de trabajo que propicien, en el corto plazo, una vida decorosa. El segundo sentido de la huelga, soporte e inspiración de su eficacia, en su finalidad política realizable a largo plazo, que pretende lograr la transformación estructural de un régimen económico de explotación, por otro que trasluzca el bienestar y aspiración legítima de los trabajadores a un Estado de Derecho y a la justicia social. La dimensión y carácter de las reivindicaciones perseguidas corresponde en forma exclusiva a los propios sujetos activos en el ámbito de esta figura; es decir, a los trabajadores coaligados y específicamente huelguistas.
El 4 de julio de 1582, se registra la primera huelga de México. No era extraño que los trabajadores se resistieran a las acciones explotadoras de sus patrones, pero sus actos rebeldes eran considerados motín contra la autoridad, y como tales eran tratados. No obstante, los sucesos de 1582, en Nueva España, fueron señalados de forma distinta: no fue motín, huelga fue.
Aquel día, el maestro de capilla, los canteros, el racionero y ocho ministriles que laboraban en la Catedral Metropolitana de la Ciudad de México acordaron suspender colectivamente sus labores y exigieron un aumento salarial: su sueldo, consideraban, era demasiado bajo para el nivel y condición de su trabajo. Baste un ejemplo: el maestro de capilla, Fernando Franco, no ganaba ni un peso diario.
Cuando el deán y los miembros del cabildo revisaron cuentas, encontraron, sin embargo, que la capilla consumía más dinero que la fábrica catedralicia, es decir, su construcción y ornamentación. Los salarios de cantores y ministriles les parecieron sumamente altos y, para no exceder la renta de la fábrica, consideraron conveniente reducirlos. El 4 de julio de 1582 notificaron su determinación al canónigo Alonso de Écija, al maestro de capilla Fernando Franco, al racionero Juan Hernández, al cura Alonso de Tuxillo, Martín, Antonio Ortiz y los ocho ministriles.
Inconformes los destinatarios de la medida, de inmediato iniciaron la huelga. Al no ser escuchados, decidieron renunciar. Además, se corrió la voz y no hubo en la Nueva España quien quisiera tocar en la catedral por tan bajo sueldo. El arzobispo tuvo que intervenir, conciliador,proponiendo mejorías laborales.
Lamentablemente, los documentos de la época no dan cuenta del desenlace de este movimiento, pero es muy significativo, y hasta curioso, que la primera huelga en la América hispana estallara precisamente en la institución eclesiástica que, siglos después, ha resultado ser la principal impugnadora del derecho de huelga.
Ahora bien, podemos encontrar que dentro de la Ley Federal del Trabajo de los Estados Unidos Mexicanos se encuentra establecida la naturaleza jurídica de la huelga: es la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una coalición de trabajadores. Puede abarcar a una empresa o a uno o varios de sus establecimientos. La suspensión del trabajo es el medio para lograr un fin último: mantener el equilibrio entre los sectores de producción y fuerza laboral, para que esta última se desenvuelva en un marco de libertad y de justicia, con un trabajo digno y realmente remunerado. Esta aspiración encuentra su fundamento en los artículos 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. He aquí una canción de obreros y patrones.
No hacemos otra cosa que trabajar, y las ganancias no las vemos jamás,
nuestros hijos son carne de vecindad, expuestos a toda la calamidad.
Mientras la familia del patrón se va, cada vez que quiere vacacionar,
nuestros hijos juegan entre lodazal, tan condenados a perpetuidad.
Si nosotros generamos producción, que es la base de toda felicidad,
por qué no tenemos oportunidad, de obtener tan solo una buena ración.
Nos dicen que es por el bien de la nación, que la patria exige amor y abnegación,
habría que saber que entienden por amor, y desde luego por abnegación.
El patrón razones nunca entenderá, a la fuerza bruta acostumbrado está,
que es un sinvergüenza le puedes gritar, como ya lo sabe no le importará.
Puedes insultarlo y solo se reirá, pues tiene una concha como de caimán, si emplazas a huelga entonces sí verás, cómo es posible oírlo rebuznar.
Cambia de colores como el camaleón, según lo que trame y según la ocasión,
frente al poderoso parece ratón, pero ante los débiles es un león.
Es blanca paloma con piel de reptil, cuando le conviene ser ruin y ser vil,
a los animales les pido perdón por haber hecho esta comparación.
Les recordaré lo que le pasó a Juan, cuando una rebaba ciego lo dejó,
ni siquiera un médico de guardia halló, y el patrón lo echó cuando no más de 25 años de trabajar, no le dieron siquiera indemnización,
historias como estas se repetirán, si no tenemos organización.
Si las máquinas podemos engrasar, tuercas y tornillos sabemos armar,
hasta el torno nos parece familiar, y usamos aceites con facilidad.
Vamos aceitando los engranes ya, de nuestra conciencia que dormida está.
Que la producción, produzca bienestar, para el obrero que vida le da.